Programa de Recuperación Productiva II (REPRO II)

Desde la AHG les recordamos que   hasta el 28/1 es el plazo para cargar las planillas para el REPRO II. Es importante saber que tanto FEHGRA como CAME están solicitando que el Gobierno Nacional disponga la restitución del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)

 

El Gobierno Nacional creó el Programa de Recuperación Productiva II a través del cual se otorgará una suma mensual de hasta $ 9.000 a los trabajadores de las empresas adheridas al programa.

Para acceder al beneficio del Programa, los empleadores deberán presentar la información requerida por el Programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) (nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y la Clave Bancaria Uniforme de la trabajadora o trabajador) en la página de la AFIP.

Por otra parte, en caso de que el empleador o la empleadora resulte
preclasificado, es decir que presente una variación interanual de la facturación negativa y pertenezca a un sector no crítico del Programa ATP, el servicio ATP habilitará una pantalla que permitirá realizar la inscripción al REPRO II y adjuntar la documentación adicional solicitada.

Asignación
Quedará sujeta a la aprobación de la Comisión de Evaluación y Monitoreo
del Programa REPRO II y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de acuerdo a las condiciones establecidas por la normativa y la
pertinente disponibilidad presupuestaria.

Ver anexos y planillas

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