FEHGRA. ACUERDO SALARIAL 2013-2014 Acuerdo sujeto a homologación

FEHGRA a través del Departamento de Política Laboral y Social, a cargo del Dr. Francisco Costa, difunde a continuación el Informe del Dr. Ivan Posse Molina, relacionado con el reciente Acuerdo Salarial, firmado el pasado 11 del corriente.

De mi consideración: I- De acuerdo a lo solicitado en la reunión de ayer, del Departamento Laboral, cumplo en informar sobre la viabilidad de efectuar pagos «a cuenta» del Acuerdo.- II- Los cuatro primeros meses del Acuerdo Salarial 2013 – JUNIO – JULIO – AGOSTO y SEPTIEMBRE – son sumas fijas «no remunerativas».- Estas sumas, por su carácter de «no remunerativas» solo pueden pagarse legalmente, una vez homologado el Acuerdo (todavía no lo está). Si se pagaran sin la homologación, estas sumas llevarían todos los aportes y contribuciones y del Convenio. Por eso la AFIP dictó la resolución 3279/12 donde obligan a consignar en qué disposición Ministerial se habría «homologado» un Acuerdo con cifras «no remunerativas» III- Por lo expuesto, no se aconseja pagar este tramo hasta tanto estuviera homologando el Acuerdo.- Pero si el empleador considera que no debe demorar el pago de estos sumas previstas para JUNIO – JULIO – AGOSTO Y SEPTIEMBRE, puede hacerlo de esta manera: Pagar los $ 100.- (ó 200 ó 300 ó 400) según lo considera, contra la firma de empleado:

«Vale de caja» que diga: «Recibí la suma de $ …… por el mes de …… que se computará «automáticamente y hasta su concurrencia, con igual valor no remunerativo previsto en el Acuerdo «Salarial 2013, cuando sea homologado. Fecha…………» Atentamente.- Dr. IVAN D. POSSE MOLINA

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