A continuación se copia textualmente nota de elevación, con fecha 29 de Abril de 2013, al Sr. Administrador Federal de Ingresos Públicos, Dr. Ricardo Echegaray.
Buenos Aires, 29 de Abril de 2013
“Señor
Administrador Federal de Ingresos Públicos
Dr. Ricardo Echegaray
S / D
De nuestra consideración:
Ref: RG 3451 – Aplicación del art. 19 en reformulación de planes vigentes.
Nos dirigimos a Ud. en nuestro carácter de representantes de los establecimientos hoteleros y gastronómicos de todo el país, a los efectos de plantear una situación que ha surgido al intentar varios de nuestros asociados efectuar una presentación de un plan de facilidades de pago en los términos de la Resolución General de referencia.
En efecto el pasado jueves ha sido incorporada a la página Web del Organismo a su cargo, una nueva versión del aplicativo para efectuar la presentación, y al intentar incluir los planes de pago vigentes a la fecha de publicación de la RG 3451, el sistema no contempla la posibilidad si no se encuentran pagas las cuotas de dichos planes vencidas a la fecha.
Analizando el texto de la RG 3451 en su art. 19 entendemos que la inclusión de dichos planes está debidamente contemplada, y en tal sentido citamos textualmente dicho artículo:
“Las deudas incluidas en planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes al día de publicación de la presente resolución general y que hubieran sido exteriorizadas mediante el sistema «MIS FACILIDADES», podrán ser reformuladas, conforme a las condiciones que se indican a continuación:
“Sabemos que se han emitido informes desde el organismo en el sentido de interpretar como vigentes a los planes que tengan las cuotas pagas al día de la presentación, pero tal situación más allá de diferir de nuestra interpretación agrega una complicación a la ya difícil situación financiera de la mayoría de las empresas adheridas, casi todas pymes, habida cuenta de que en la misma Resolución General se ha derogado la RG 2774 de planes de facilidades permanente.
En el entendimiento que sabrá usted entender la gravedad de la situación planteada, le solicitamos la urgente modificación del permitir la inclusión de todos los planes vigentes a la fecha de emisión de la RG 3451, sin la necesidad de tener pagas las cuotas vencidas en marzo y abril.
Sin otro particular y quedando desde ya a su disposición, lo saludamos muy cordialmente.
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