Cuarentena: una por una, qué medidas se tomaron para una economía de persianas bajas.

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El aislamiento obligatorio dispuesto por el Gobierno para intentar frenar los

contagios trajo un nuevo escenario a una economía ya en recesión; con sectores paralizados, el pago de sueldos es una preocupación central; se anunciaron subsidios a hogares e incentivos al crédito y se reclama sumar alivio.

Calles escasamente transitadas, persianas bajas, colectivos de línea con muy pocos pasajeros, sucursales de bancos cerradas y supermercados a los que se ingresa después de hacer una cola en la vereda y manteniendo, adentro y afuera, una distancia prudencial entre persona y persona.

CUÁLES SON LAS PRINCIPALES POLÍTICAS ANUNCIADAS HASTA AHORA

  1. Bono extraordinario de hasta $3000, a cobrar en abril: Según el decreto 309, lo cobrarán los jubilados y pensionados (contributivos y no contributivos) de menores ingresos. Los de la mínima percibirán $3000 y quienes cobren un poco más, el monto que complete $18.891,49 (así, en el grupo alcanzado están quienes cobren hasta esta última cifra mensual).
  2. Ingreso extra para familias con asignación universal por hijo: Se dispuso un pago adicional, equivalente a lo cobrado mensualmente por cada menor a cargo. Y se estableció que en esos hogares se percibirá el ingreso familiar de emergencia de $10.000, que llegará en abril.

  1. Ingreso familiar de emergencia de $10.000 en abril: Además de a las familias con AUH, llegará a desocupados, informales, personas que trabajan en servicio doméstico y monotributistas sociales y de las categorías A y B sin otros ingresos. Deben cumplirse varios requisitos.
  2. Suspensión del trámite de fe de vida para los jubilados: Con efecto desde el 1° de marzo y hasta el 30 de abril, los bancos no requerirán la certificación de supervivencia. En cuanto a los haberes, solo podrá retirarse efectivo de cajeros automáticos (en algunos casos, esta operación puede hacerse sin tarjeta, utilizando un código obtenido en el home banking o la huella dactilar) o comercios habilitados.
  3. Trabajadores de servicios esenciales: El decreto que dispuso el aislamiento obligatorio exceptó a quienes trabajan en «servicios declarados esenciales»; entre otros, la salud, la seguridad, la función pública, el comercio y la fabricación de bienes básicos.
  4. Prestaciones del servicio doméstico: Es considerado esencial solamente el servicio de cuidado de personas mayores o con discapacidad y de niños. En todos los casos (es decir, por todo tipo de tareas), el empleador debe pagarle lo habitual a quien trabaja. Y también deben abonarse los aportes y contribuciones habituales.
  5. Salarios de empleados: En los casos en que se realice teletrabajo la remuneración se abonará de la manera habitual; si las tareas a distancia no son posibles, también se pagará el salario, pero los empleadores afrontarán menos costos.
  6. Rebaja de contribuciones patronales: En el sector de la salud, el descuento de la contribución previsional será del 95% por 90 días (además, las entidades de ese sector tendrán rebajada la alícuota del impuesto al cheque); en firmas de cualquier rubro donde no sea posible el teletrabajo no se harán los pagos con destino al sistema jubilatorio.
  7. Flexibilización y baja de tasas para créditos dirigidos a empresas: Una preocupación es el pago de salarios; el Banco Central dispuso medidas tendientes a que se ofrezcan préstamos a tasas bajas y algunas entidades prometieron sus líneas; se busca que se financien $350.000 millones.
  8. Trámite rápido para los Repro: El Pograma de Reconversión Productiva prevé el pago de parte de los salarios del sector privado con fondos públicos, ante ciertas situaciones; se anunció que, para pymes de sectores afectados, se agilizará el trámite.
  9. Obra pública y construcción de hospitales: El Ministerio de Obras Públicas dijo que destinará $1040 millones a construir y refaccionar centros de salud. Antes se había anunciado que habría $100.000 millones para obra pública, pero no se conocieron detalles.
  10. Precios máximos para 2300 productos de consumo masivo: Desde el 20 de este mes, por 30 días y por resolución del Ministerio de Desarrollo Productivo, hay valores máximos para productos alimenticios, de higiene y de limpieza. Y se prorrogará el Ahora 12 por seis meses, según se anunció (el programa, en su etapa actual, vence el 31 de marzo).
  11. Apertura de locales comerciales: Según el decreto 297, los locales habilitados a abrir sus puertas son: supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias y locales de venta de garrafas.
  12. Otros lugares de venta de bienes o de prestación de servicios: También está permitida la apertura de los estacionamientos, las estaciones de servicio, las lavanderías. En el caso de ,restaurantes y locales de comida preparada, solo pueden ofrecer servicios de envío a domicilio.
  13. Condiciones para los supermercados: Estos locales de venta, según la resolución 101 del Ministerio de Desarrollo Productivo, deben atender el menos 13 horas diarias y señalizar los lugares de espera para que haya, al menos, 1,5 metros entre las personas.
  14. Transporte de larga distancia: Todos los servicios de vuelos de cabotaje e internacionales y de transporte terrestre están suspendidos durante el aislamiento obligatorio. El Gobierno decidió, adicionalmente, cerrar las fronteras del país.
  15. Transporte de corta distancia: En la ciudad de Buenos Aires los colectivos siguen funcionando; solo pueden viajar quienes están exceptuados del aislamiento y no pueden ir pasajeros parados. El subte anda, pero solo para en algunas estaciones.
  16. Prohibición de cortes de servicios públicos a ciertos segmentos de la población: Según el decreto 311, los prestadores de electricidad, gas y agua no podrán, por 180 días, cortar servicios por falta de pago de hasta tres facturas; la medida es para población de bajos ingresos y electrodependiente.
  17. Prohibición de corte total de servicios de telefonía, internet y televisión paga: Para el mismo segmento de usuarios que la prohibición de cortes de luz, gas y agua (que incluye a pymes afectadas) se estableció que no puede haber corte total de telefonía fija y móvil, internet y servicios de televisión.
  18. Postergación del pago de cuotas de créditos de la Anses: Los jubilados y familias beneficiarias de la AUH que tienen préstamos tomados de la Anses no tendrán descuentos de cuotas en abril y mayo, ya que esas obligaciones serán aplazadas, según anunció el organismo.
  19. Postergacion de pagos de cuotas de créditos del sistema bancario: Por decisión del Banco Central, los vencimientos de cuotas ocurridos o que ocurran desde el 20 de este mes se trasladarán, en principio, al 1° de abril (y habrá que ver qué ocurre en caso de extenderse la cuarentena). Eso incluye los vencimientos para el pago de tarjetas de crédito que se den dentro del período de cuarentena.
  20. Atención de las entidades bancarias: La apertura de las sucursales bancarias no está permitida; sin embargo, se dispuso que sí debe haber atención al público a través de canales no presenciales para operaciones como inversiones, préstamos y pagos.
  21. Funcionamiento de los cajeros automáticos: La normativa obliga a los bancos a mantener provistos de dinero a los cajeros automáticos. Por lo general, los bancos subieron el monto diario que puede extraerse. Y algunos permiten sacar efectivo sin tarjeta, utilizando modalidades como el uso de la huella dactilar o de un código asignado mediante una gestión realizada en home banking.
  22. Suspensión y reanudación del clearing bancario: En un primer momento, el Banco Central había dispuesto suspender la compensación automática de cheques, pero luego decidió reactivar la operatoria, dados los efectos negativos en las cadenas de pago.
  23. Suspensión de la inhabilitación de cuentas bancarias y de la aplicación de sanciones. Esto regirá, según lo dispuesto por el DNU 312, hasta el 30 de abril. En los considerandos de la medida dictada por el Poder Ejecutivo se advierte que la situación actual lleva a prever que se incrementará la cantidad de rechazos de cheques por falta de fondos, y se señala que ello ocurrirá «no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores».
  24. Atención solo remota de la Anses y de la AFIP: Los dos organismos habían decidido ya antes del aislamiento obligatorio la suspensión de los turnos que estaban otorgados. Siguen operativos los servicios online y telefónicos para un listado ampliado de trámites.
  25. Prórroga de la moratoria, de la suspensión de embargos y de un plan de facilidades de pago para pymes: por decreto, se llevó del 30 de abril al 30 de junio el último día para inscribirse en la moratoria de la AFIP por deudas impositivas y de la seguridad social que rige para pymes, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro. La suspensión de embargos y la entrada al plan de facilidades de pago regirá, en principio, hasta el 30 de abril.
  26. Suspensión de los plazos para responder requerimientos de la AFIP: El organismo de recaudación dispuso una feria fiscal con estos efectos, pero aclaró, al tiempo de anunciarla, que seguirán las acciones de fiscalización y que la medida no implica prorrogar vencimientos impositivos.
  27. Ampliación del plazo para declarar deducciones de ganancias: La AFIP resolvió pasar del 31 de marzo al 30 de abril la fecha límite para cargar deducciones y datos de pluriempleo en el formulario Siradig, por el año fiscal 2019. Es un trámite que desde hace años solo se hace online.
  28. Suspensión de las exclusiones del monotributo. La medida, anunciada por la AFIP, se refiere a las expulsiones que el organismo hace mensualmente de contribuyentes del sistema simplificado (pasándolos automáticamente al más oneroso régimen general), tras la detección del incumplimiento de las condiciones (por ejemplo, por superar el monto máximo permitido de facturación).
  29. Congelamiento del valor de los alquileres. El decreto 320 dispone la suspensión, hasta el 30 de septiembre próximo, de la ejecución de sentencias judiciales de desalojo de inmuebles destinados a vivienda, a actividades culturales y también, en algunos casos, al desarrollo de actividades económicas. La misma norma también congela los precios de los alquileres hasta el 30 de septiembre (se aplican los valores de marzo).
  30. Congelamiento de las cuotas de créditos hipotecarios. El valor de las cuotas a pagar por la devolución de préstamos destinados a la compra de vivienda única será, hasta el 30 de septiembre, el mismo que el de marzo, según establece el decreto 319. Esto es válido para los créditos que están nominados en UVA (y también para otros). Además, quedaron suspendidas hasta esa misma fecha las ejecuciones de hipotecas que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda.
  31. Relanzamiento del plan de créditos Procrear. Se anunció que se ofrecerán 300.000 nuevos créditos: 100.000 para construcción y refacciones de inmuebles para habitar y 200.000 para pequeños arreglos en los hogares; la medida todavía no fue instrumentada.

 

Fuente: Por: Silvia Stang. La Nación