Actualidad tributaria – Memorándum Impositivo Nº 08

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Recursos de la Seguridad Social

Aumento de cargas sociales y autónomos sistema integrado previsional Argentino Régimen Nacional de Obras Sociales nuevos valores de asignaciones familiares y rangos salariales.

 

 

Recordamos que la Ley Nº 26.417 (B.O. 16/10/08) estableció un índice de ajuste semestral de las prestaciones correspondientes al Régimen Previsional Público, otorgadas en virtud de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, de regímenes generales anteriores a la misma, de regímenes especiales derogados o por las ex cajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación.

Dicho ajuste se conoce popularmente como “movilidad”, y en virtud de la misma varían las prestaciones correspondientes al “SIPA”, los aportes de los trabajadores dependientes y las rentas imponibles – y en consecuencia los importes a ingresar – de los Trabajadores Autónomos.

Este ajuste, según la resolución 34-E / 2017 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (B.O. 10/0E/2017) es de 12,96% y el acumulado para los últimos 12 meses asciende a 28,96%.

  1. NUEVOS TOPES BASE IMPONIBLE PARA TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA

A través del artículo 7º de la resolución citada se modifican los límites, mínimos y máximos, de la base imponible (art. 9º, ley 24.241 y sus modificatorias), para los aportes de los trabajadores en relación de dependencia y de las contribuciones patronales sobre los mismos.

Los nuevos límites son los siguientes:CUADRO-1* Recordamos que, conforme el D. 488/2011 (BO. 27/04/2011), se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el régimen de obras sociales será equivalente a cuatro (4) bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a la obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo

  1. NUEVOS IMPORTES DE LOS APORTES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Se establece un incremento en el aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social del 12,96%, como consecuencia de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley 26417.

La vigencia de dicho incremento es a partir del mes devengado marzo 2017 -con vencimiento en el mes de abril 2017- y siguientes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante su RG 3721 (BO 23/01/2015) estableció que los nuevos valores de autónomos actualizados por el índice de movilidad previsto en el artículo 32 de la Ley 24.241 serán difundidos a través del sitio “web” de la AFIP

(http://www.afip.gob.ar/autonomos/documentos/Valorescategorias032017.pdf)

Asimismo se incrementa a la suma $ 26.691,02 el tope de ingresos por debajo del cual se podrá solicitar la imputación del crédito proveniente de los aportes personales ingresados durante un ejercicio anual a la cancelación de los que se devenguen en el ejercicio inmediato siguiente.

 

CATEGORÍAS MÍNIMAS DE REVISTA E IMPORTESCUADRO-2

  1. NUEVOS VALORES Y RANGOS SALARIALES PARA LAS ASIGNACIONES FAMILIARES

Mediante la Resolución 33-E/2017 (B.O. 10/03/2017) la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) estableció los valores y los rangos salariales para el pago de las mismas.

Asignaciones familiares y rangos salariales:

  • Grupo I: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 17.124 a $ 19.344. Pasarán de cobrar $ 1.103 a $ 1.246 por cada hijo.
  • Grupo II: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 25.116 a $ 28.372. Pasarán de cobrar $ 741 a $ 838 por cada hijo.
  • Grupo III: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 28.997 a $ 32.756. Pasarán de cobrar $ 446 a $ 504 por cada hijo.
  • Grupo IV: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 60.000 a $ 73.608. Pasarán de cobrar $ 228 a $ 258 por cada hijo.

La percepción de un ingreso superior a $ 36.804 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido.

  • Aumento del valor del resto de las asignaciones familiares:
  • Nacimiento: pasa de $ 1.285 a $ 1.452.
  • Adopción: pasa de $ 7.704 a $ 8.703.
  • Matrimonio: pasa de $ 1.926 a $ 2.176.
  • Cónyuge: pasa de $ 264 a $ 299.