El Programa REPRO II y el Programa de asistencia de emergencia a trabajadoras y trabajadores independientes se extienden al mes de septiembre 2021 para sectores críticos, y estará comprendido entre el 24 de septiembre a las 12hs hasta el 30 de septiembre inclusive.
Según la Resolución 568/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, serán de acuerdo al siguiente detalle:
– Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): agosto de 2019 y agosto de 2021.
– Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
– Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: agosto 2021.
– Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de septiembre inclusive.
– Corte de actualización CBU: 23 de septiembre inclusive.
Respecto al Programa de asistencia de emergencia a trabajadoras y trabajadores independientes, las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, serán de acuerdo al siguiente detalle:
1) Presentar una reducción de la facturación superior al VEINTE POR CIENTO (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre agosto 2021 y agosto 2019.
2) Periodo de referencia de pagos a acreditar:
– Autónomos: de 01/2021 hasta 07/2021.
– Monotributo: de 2/2021 hasta 8/2021.
3) Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de septiembre de 2021 inclusive.
Para acceder a la Resolución 568/2021, haga clic aquí.