Estimado Asociado,
Es nuestra intención recordarle que se encuentra vigente la nueva Ley de Turismo de la Provincia de Buenos Aires, conforme a lo establecido en el Artículo 4° aprueba el reglamento de Clasificación y Categorización de los Alojamientos Turísticos de la Provincia de Buenos Aires y el Listado de Servicios, Instalaciones y Criterios de Calidad Puntuables para Categoría Superior que forman parte integrante como Anexos 1 y 2, respectivamente, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 14.209 y en su Decreto Reglamentario Nº 13/14. (Re categorización de los Establecimientos Hoteleros).
Asimismo, la tendencia del mercado ha llevado a priorizar por encima de las estructuras edilicias las prestaciones de servicios, poniendo el acento en la calidad de los mismos como pauta primaria a la hora de elegir el alojamiento.
Asimismo, es nuestra intención llevar a vuestro conocimiento la norma, a efectos de evitar futuras sanciones y multas.
Para mayor información sugerimos ingresar a la página de la Secretaria Turismo de la Prov. de Bs. As. donde se encuentra toda la información www.turismo.gba.gov.ar/Registros; y para realizar consultas pueden comunicarse con la Dra. Claudia Martínez de la Dirección de Fiscalización.