Proyecto para declarar la Emergencia del Sector Documento oficial del Sector Privado.

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Compartimos a continuación el documento oficial que la Cámara Argentina de Turismo, en representación de las entidades que la componen, solicitó la declaración de Emergencia Turística con el objetivo principal de sostener las fuentes de trabajo que el turismo genera en todo el país.

Entendiendo que esta crisis global afecta en primer término al sector turístico, anulando casi en su totalidad el flujo de pasajeros hacia y dentro del país, e imposibilitando el normal desarrollo de todas las actividades listadas en el ANEXO 1 de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997, y entendiendo también que nuestra actividad será una de las últimas en reactivarse.

Documento Oficial

 

La Cámara Argentina de Turismo propone los siguientes puntos a ser considerados dentro de la declaración de emergencia, con el único objetivo de garantizar el cobro de haberes de los trabajadores y paliar la situación de las empresas que conforman el sector turístico para así asegurar la continuidad de nuestra actividad.

  1. A) Medidas sin discriminación por cantidad de empleados de las empresas ya que el impacto en la actividad es homogéneo para todo el sector, así sean empresas grandes, medianas o pequeñas. Representamos un sector de servicios con un uso intensivo de mano de obra. El salario bruto del personal en nuestras empresas representa un porcentaje sobre los egresos que ronda entre el 50 y 60% de las erogaciones corrientes.

 

  1. B)                Asistencia compensatoria inicial del 100% de los ingresos de los trabajadores y eliminación de los aportes patronales por 180 días.

 

  1. C)               Eliminación de la gestión de retención y percepción de impuestos y eliminación de los impuestos no aplicados directamente a las empresas como débitos y créditos bancarios. Postergación de todos los vencimientos impositivos y posteriormente otorgamiento de una moratoria amplia de los impuestos no pagados por este período de crisis.

 

  1. D)               Eliminación del pago del básico de los servicios públicos contratados (en energía: capacidad de suministro equivalente) y diferimiento de pagos de los servicios públicos variables hasta fin de 2020 con planes de pago flexibles para toda la actividad a partir de enero de 2021.

 

  1. E)               Diferir la obligatoriedad de la devolución de compras realizadas a las agencias de viajes y prestadores de 180 a 360 días conforme la capacidad de reintegro del prestador

 

  1. F)                 Créditos a tasa cero equivalentes a los últimos 6 meses de facturación de la empresa en el año 2019 (con 1 año de gracia, y pagadero en doce cuotas iguales, mensuales y consecutivas); que serán ejecutados en su totalidad para el capital de trabajo.