Gestión ante la AFIP Inconvenientes en el acceso a beneficios Programa ATP

Hemos remitido a la Lic. Mercedes Marcó del Pont, Administradora Federal de Ingresos Públicos – AFIP nota de elevación en referencia a la falta de acreditación de fondos del Programa ATP de nuestros asociados; la gestión se llevó a cabo el pasado viernes 8 del corriente. A continuación nota de la FEHGRA a la AFIP.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  

De nuestra mayor consideración:

 

Nos dirigimos a Usted desde la F.E.H.G.R.A entidad que, a través de sus Filiales, representa a toda la Actividad Hotelera y Gastronómica del País.  Le recordamos que la mayoría de nuestros afiliados son PYMES.

 

Hemos recibido innumerables inquietudes acerca de la aplicación de los beneficios del Programa ATP. Seguidamente se detallan algunas cuestiones puntuales que deben ser rápidamente resueltas:

 

  1. a) Problemas con CBU: Empleado con CBU informada que no aparece ni con monto a percibir ni CBU.

 

  1. b) Existen empleadores a los que hasta 7/5 les aparecían los beneficios de Salario Complementario y ayer desapareció dicho beneficio, cuando ya estaban liquidados los sueldos contemplándolo o que en estos dos últimos días han aparecido con la notificación que están bajo análisis.

 

  1. c) A la fecha existen Empleadores que han solicitado correctamente el Beneficio de ATP, cumpliendo los requisitos de Ventas Nominales inferiores en relación al año pasado, pero no han sido notificados ni por aprobación ni por rechazo del mismo.

 

  1. d) Hay empleadores que tienen el beneficio asignado y nunca llego el Excel con los sueldos de Anses  y en la consulta en dicho organismo figura: Usted NO está registrado, consulte a su empleador

 

  1. e) En algunos casos con CBU cargado correctamente, cobraron algunos empleados y otros no, dentro

de una misma nómina.

 

  1. f) Se efectúan reiteradas consultas WEB AFIP y sin respuesta a la fecha.

 

Por otra parte, en relación con el F 931,  la aplicación “Declaración Jurada en Línea”, no contempla el diferimiento del pago de las contribuciones con destino al SIPA.  Tampoco contempla la reducción del 95% en caso de corresponder. Destacamos que el vencimiento del mes de abril se produce desde el próximo lunes 11 de mayo.

 

Por lo expuesto, solicitamos la urgente solución y rápida acreditación de los fondos del Programa ATP al CBU de cada beneficiario y, teniendo en cuenta la falta de adecuación de la aplicación “Declaración Jurada en Línea” y su inmediato vencimiento, solicitamos una prórroga de una semana para su presentación y pago. 

 

Sin otro particular, y agradeciendo la atención que dispense a la presente, saludamos a Ud. atentamente.

 

 

MARCELO BARSUGLIA

Secretario

 

GRACIELA FRESNO

Presidente

Publicado en: Novedades

Deje su Comentario (0) ↓