Depto. Fiscalidad y Tributación Novedades

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Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted a fin de remitirle comunicado con novedades de Fiscalidad y Tributación,  recibido del Espacio de Diálogo de AFIP.

 

Se informa por medio del presente las siguientes novedades:

 

  • Se prorroga la presentación del SIRADIG al 31 de marzo del corrientes año para los trabajadores.

 

  • Se prórroga para los empleadores la presentación de la liquidación final de ganancias de 4ta categoría de sus empleados al 30 de abril.

 

  • Cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000.-), el beneficiario de las mismas deberá presentar las declaraciones informativas de Ganancias y Bienes Personales.

 

  • El ingreso de los anticipos deberá efectuarse cuando el importe que se determine resulte igual o superior a la suma de UN MIL PESOS ($ 1.000.-), los días de cada uno de los meses de agosto, octubre y diciembre del primer año siguiente al que deba tomarse como base para el cálculo, y de los meses de febrero y abril del segundo año calendario inmediato posterior, que se indican a continuación:

 

C.U.I.T. VENCIMIENTO
0,1,2 ó 3 Hasta el día 13, inclusive
4,5 ó 6 Hasta el día 14, inclusive
7,8 ó 9 Hasta el día 15, inclusive

 

  • Se modifican las siguientes fechas de vencimientos:

 

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

– ENERO A DICIEMBRE

TERMINACIÓN CUIT

DÍA DE VENCIMIENTO

PRESENTACIÓN DDJJ F. 731, F. 810 y F. 2002 y PAGO

0 y 1

2 y 3

4 y 5

6 y 7

8 y 9

18

19

20

21

22

 

– ENERO A DICIEMBRE

TERMINACIÓN CUIT

DÍA DE VENCIMIENTO

PRESENTACIÓN DDJJ F. 731 Y F. 2002

PAGO

0 y 1

 

 

2 y 3

 

 

4 y 5

 

 

6 y 7

 

 

8 y 9

18

 

 

19

 

 

20

 

 

21

 

 

22

El día 18 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada

 

El día 19 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada

 

El día 20 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada

 

El día 21 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada

 

El día 22 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada”

 

REGÍMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS SOCIALES. CUOTAS CON DESTINO A LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO. APORTES Y CONTRIBUCIONES RESPECTO DE DETERMINADAS PRESTACIONES DINERARIAS

 

  1. a) Empleadores.

 

– ENERO A DICIEMBRE

TERMINACIÓN CUIT

DÍA DE VENCIMIENTO

PRESENTACIÓN DDJJ F. 931 y PAGO

0, 1, 2 y 3

4, 5 y 6

7, 8 y 9

9

10

11”

 

“d) Trabajadores autónomos activos y beneficiarios de prestaciones previsionales que ingresen, reingresen o continúen en actividad en calidad de trabajadores autónomos.

 

– ENERO A DICIEMBRE

TERMINACIÓN CUIT

DÍA DE VENCIMIENTO

PAGO

0, 1, 2 y 3

4, 5 y 6

7, 8 y 9

5

6

7”