Actualidad Tributaria Memorándum Impositivo

 

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Memorandum Impositivo Nº 23

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LEY 15.165. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS PARA EMPRESAS PYMES. RESOLUCIÓN (MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA) 07/2020

A través de la ley 15165 (promulgada por Dto. 41/19 del 21/12/2019) se declaró el estado de emergencia social, económica, productiva, y energética en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, como así también la prestación de los servicios y la ejecución de los contratos a cargo del sector público provincial, centralizado, descentralizado, organismos autónomos, autárquicos, de la Constitución, aun cuando sus estatutos, cartas orgánicas o leyes especiales requieran una inclusión expresa para su aplicación.

Queda comprendido en la declaración de emergencia el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires, así como aquellos entes en los que el Estado Provincial se encuentre asociado con uno o varios municipios.

Por otra parte se autoriza al Poder Ejecutivo para disponer, a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) y por un plazo que no podrá exceder el 31 de marzo de 2020, un régimen de regularización de deudas para micro, pequeñas y medianas empresas (cfr. Ley Nacional 24.467, modif. y reg.), pequeños y medianos productores, cooperativas y comercios por obligaciones fiscales vencidas al 31 diciembre de 2019. Se invita a los municipios a disponer un régimen similar en el ámbito de sus autonomías y territorios.

En uso  de las atribuciones conferidas por los artículos 29 de la Ley N° 15.164 y 8° de la Ley N° 15.165; EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES resuelve crear en el ámbito de esta cartera ministerial, el programa “Buenos Aires ActiBA”, cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para establecer las necesidades comunes de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Pequeños y Medianos Productores, Cooperativas y Comercios que permita formular políticas adecuadas, en el marco de la emergencia productiva declarada en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y asistirlas de manera eficiente para atender aquellas problemáticas identificadas con el objetivo de fomentar el mantenimiento y la generación de empleo.

Son sujetos alcanzados las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Pequeños y Medianos Productores, Cooperativas y Comercios identificados en los artículos 8° y 9° de la Ley Nº 15.165.

A los fines de acceder a los beneficios que esta cartera ministerial disponga en el marco de sus competencias materiales y así como de la emergencia declarada, los sujetos alcanzados deberán inscribirse al programa creado por la presente.

La inscripción al programa “Buenos Aires ActiBA” deberá realizarse a través de la página web habilitada a tal efecto completando, con carácter de declaración jurada, el formulario de solicitud de inscripción que como Anexo forma parte de la presente medida.

Los datos que se exigen en el citado Anexo son los siguientes:

-Datos personales

– Ventas en pesos

– Problemas detectados

– Recursos Humanos

– Financiamiento

– Deuda

– Impositiva

– Asistencia

 

 

 

IMPUESTO SOBRE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS EN CUENTAS BANCARIAS E IMPUESTO PAIS

SE ADELANTA EL VENCIMIENTO DEL INGRESO DE LAS PERCEPCIONES QUE SE PRACTIQUEN ENTRE LOS DÍAS 16 Y 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2020

A través de la Resolución General 4675 (B.O. 13/02/2020) la AFIP establece, con carácter de excepción, que el ingreso de las percepciones que se practiquen en la semana comprendida entre los días 16 y 22 de febrero de 2020, deberá efectuarse hasta el 26 de febrero.

Publicado en: Novedades

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