Actualidad Tributaria 15 de octubre 2021

Remitimos información que puede ser de su interés.

ACTUALIDAD TRIBUTARIA

Memorandum Impositivo Nº 128

13 de Octubre

REGÍMENES ESPECIALES

 

EMERGENCIA AGROPECUARIA. PROVINCIA DEL NEUQUÉN

Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, desde el 1/1/2021 hasta el 1/1/2022, para las explotaciones ganaderas, forestales, acuícolas y apícolas, afectadas por sequía, en todo el territorio provincial; y desde el 1/1/2020 hasta el 1/1/2021 a las explotaciones ganaderas afectadas por sequía, en amplios sectores del territorio provincial.

En este sentido, mediante la Resolución 211 (B.O. 7/10/2021) el MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA estableció lo siguiente:
 A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Se da por declarado, en la Provincia del Neuquén, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2020 y hasta el 1 de enero de 2021, a las explotaciones ganaderas afectadas por sequía, en todo el territorio provincial excepto los Departamentos Los Lagos, Huiliches, Lácar y los valles irrigados de los Departamentos de Añelo y Confluencia.
– Se da por declarado, en la Provincia del Neuquén, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2021 y hasta el 1 de enero de 2022, para las explotaciones ganaderas, forestales, acuícolas y apícolas, afectadas por sequía, en todo el territorio provincial.
– Se determina el 1 de enero de 2021 y el 1 de enero de 2022 como fechas de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas de la presente medida (Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/2009.
 A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 (art. 8), los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la Provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo. El Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.
 Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos (Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509).
Vigencia: 07/10/2021

 

MONOTRIBUTO

 

PRESTAMOS A TASA “CERO”

Flexibilización de los requisitos y adecuación del reglamento para el acceso a los “Créditos a Tasa Cero 2021”

Mediante la Resolución del Ministerio de Desarrollo Productivo (MDP) 626/2021 (B.O. 04/10/2021), se flexibilizan los requisitos de acceso al programa “Crédito a Tasa Cero 2021”. En tal sentido se establece:

  • Solo quedará restringido el acceso al crédito para los sujetos que al momento de solicitarlo posean una categoría superior a la vigente al 30/6/2021, dejándose sin efecto entonces el parámetro relacionado con la magnitud de la facturación y las compras realizadas en el primer semestre de 2021.
  • Pueden acceder al crédito sin limitaciones los sujetos que prestan servicios al sector público nacional, provincial o municipal.

Vigencia: 04/10/2021
Aplicación: 05/10/2021